DAÑOS

Objetivo
Promover el sano desarrollo del mercado del Seguro de Daños con la finalidad de incrementar la penetración de este tipo de productos en México de forma sustentable en el largo plazo, a través de:

  • Ser el organismo intermedio para negociar con las autoridades iniciativas y temas regulatorios que afecten la operación de daños.
  • Ser el representante de AMIS ante otros actores políticos, sectores vinculados con la operación y sus ramos, institutos de investigación, organismos gubernamentales y no gubernamentales, entre otros. Además, ser un referente para los asegurados.
  • Realizar estudios cuyo fin sea evaluar la rentabilidad del mercado e impactos por cambios regulatorios.
  • Elaborar estudios a nivel internacional que permitan analizar el desarrollo de los sistemas de Seguros de Daños y mejores prácticas.

Consulta los documentos aquí

Objetivo

Promover el sano desarrollo del mercado del Reaseguro de los Seguros de Daños, a través de:

  • Dar seguimiento a las iniciativas y temas regulatorios que incidan en su operación. Evaluar los impactos por cambios regulatorios.
  • Colaborar con sectores vinculados y ser un referente entre las Aseguradoras y Reaseguradores.
  • Elaborar estudios que promuevan el desarrollo del seguro y del reaseguro.
  • Considerar las mejores prácticas nacionales e internacionales.
  • Desarrollar sesiones técnicas para dar a conocer al mercado estudios y mejores prácticas nacionales e internacionales.

 

Presidente: Horst Agata, Gen Re
Funcionario: Ángeles Yáñez, Miguel Angel de la Garza

Información del seguro de daños

Los seguros de Daños protegen el patrimonio o negocio de los asegurados contra daños sufridos por los riesgos a los que están expuestos los bienes materiales, así como las pérdidas consecuenciales ocurridas a raíz de los daños amparados al verificarse la eventualidad prevista en el contrato. Se cubren también en este tipo de seguros hechos como:

• Las pérdidas económicas derivadas en virtud de que el asegurado deba a un tercero a consecuencia de un hecho que cause un daño.

• El resarcimiento de inversiones, por los daños o prejuicios que sufran por la pérdida parcial o total de los provechos esperados de la tierra o por muerte, pérdida o daños ocurridos a sus animales.

• La insolvencia total o parcial de sus clientes deudores por créditos comerciales.

ACERCA DE

Este Seguro cubre los daños materiales causados directamente a bienes por Incendio y/o Rayo. Las coberturas que se pueden amparar por este seguro se mencionan a continuación:

El seguro de Incendio se comercializa bajo dos esquemas básicos:
a) Esquema de Riesgos Nombrados

Incendio, rayo y explosión (Cobertura BASICA)
Huelgas o Alborotos Populares
Combustión Espontánea
Bienes en cuartos o aparatos refrigerados o en incubadoras.
Derrame de Material Fundido
Derrame de Protecciones contra Incendio
Extensión de cubierta (sin inundación)
Naves Aéreas, Vehículos y Humo

b) Esquema Todo Riesgo de Incendio

Todo Riesgo de Incendio

Adicionalmente, en ambos esquemas es posible contratar coberturas de pérdidas consecuenciales, dependiendo de la actividad, giro, o intereses del propio asegurado:

  • Pérdidas Consecuenciales
  • Remoción de Escombros
  • Ganancias Brutas
  • Gastos Extraordinarios
  • Gastos Extras para Casa Habitación
  • Interrupción de Actividades Comerciales
  • Pérdida de Utilidades, Gastos Fijos y Salarios
  • Pérdida de Rentas
  • Interdependencia
  • Seguro Contingente

En prácticamente todas las aseguradoras en México, las coberturas de Terremoto y Riesgos Hidrometeorológicos se venden por separado de la de incendio.

RECOMENDACIONES

Tanto en el trabajo como en el hogar se deben determinar vías de evacuación, localizar sitios seguros y ubicar los extintores y equipos de seguridad, además, deben efectuarse simulacros de incendio. Se debe tener en el hogar por lo menos un extintor ligero para todo tipo de fuego (ABC) colocado en un lugar accesible, practicar su uso con la familia siguiendo las instrucciones que trae adheridas y revisar la presión mínima cada tres meses..

Antes de salir del trabajo, el hogar o retirarse a dormir, asegúrese de no dejar encendidos colillas de cigarro, velas, calefactores, parrillas, cafeteras, etc.

  • Desconecte todos los aparatos eléctricos excepto los que deben trabajar continuamente y revise periódicamente las conexiones de gas, electricidad, aire y agua.
DEFINICIONES

Nota importante: En esta página encontrará información que le ayudará a aclarar algunas definiciones de seguros, sin embargo, en ningún momento sustituye al contenido del Contrato de Seguro. Dicho contrato contiene cláusulas y condiciones específicas, que es conveniente entender, para conocer a detalle los alcances, limitaciones, derechos y obligaciones del Plan de Seguro que se contrate.

Area de Fuego
Se entiende por área de fuego aquellas instalaciones que se encuentren separadas entre si por una distancia de 15 mts, siendo de construcción maciza y de materiales incombustibles, o de 30 mts., en caso de construcción no maciza, de materiales combustibles o que contengan, manejen, procesen o almacenen substancias inflamables.

Bodega
Local destinado exclusivamente a guardar mercancías.

Coaseguro
Es la participación de responsabilidades entre Compañías de Seguros o entre el Asegurado y la Compañía de Seguros.

Combustión Espontánea
Es aquella que no se origina por la intervención de un foco calorífico externo que lo inicie, sino por procesos de oxidación de orden químico y bioquímico produciéndose residuos sólidos carbonosos y que puede ocasionar fuego cuando hay suficiente provisión de oxigeno.

Construcción Maciza
La edificada con los siguientes materiales en:
a) Muros: de piedra, tabique, block de concreto, tepetate, adobe o concreto armado, se permite que en estos muros existan secciones de vidrio block, o cualquier otro material resistente al fuego cuando menos por dos horas, y que estas no excedan de 12 metros cuadrados.

b) Entrepisos: de bóveda metálica, bovedillas, siporex, losa acero, tridilosa, bóveda de ladrillo sobre armazón de hierro o cemento armando.

c) Techos: de tabique, bovedillas, siporex, placas de materiales aglutinados resistentes al fuego cuando menos por dos horas, losa acero, tridilosa, metal desplegado, hormigón, o mezcla con espesor mínimo de 2 ½ centímetros, de concreto, láminas metálicas o de asbesto cementos, cristales sobre armazón metálico, asbesto y tejas de barro, pizarra o asbesto cemento.

También se consideran de construcción maciza los edificios estructurados con columnas de concreto o de acero, fachadas de cristal con entrepisos y techos de concreto.

Contenidos en Casa Habitación
Muebles particulares tales como ajuares de sala, comedor y recamara, ropa, objetos de arte y de fantasía espejos, cuadros, cortinas, alfombras, candiles, libreros e instrumentos musicales, aparatos eléctricos, objetos de loza, cristal, enseres de comedor, batería de cocina y en general, sobre todo el menaje de habitaciones particulares del asegurado, sus familiares y servidumbre.

Cuota Básica
Las cuotas que aparecen como básicas en esta tarifa son para las coberturas de Incendio y/o Rayo y están dadas por millar.

Deducible
La cantidad expresamente pactada que se deducirá de la indemnización que corresponda en cada siniestro.

Edificio
Conjunto de construcciones materiales principales y accesorias con sus instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propias del edificio), excluyéndose los cimientos y aditamentos que se encuentren bajo el nivel del piso más bajo.
Se consideran parte del edificio los falsos techos, las alfombras fijas, tapices y maderas adheridas al suelo, paredes o techos, así como las bardas y muros independientes del edificio y construcciones adicionales en el mismo predio.
En el caso de edificios bajo el régimen de condominios, quedan incluidas las partes proporcionales de los elementos comunes del edificio.

Edificio de Construcción Superior
Edificio estructurado a base de vigas y columnas de concreto armado, acero o combinación de ambos, en el cual no existen muros que trabajen como elementos de carga, de acuerdo con el reglamento respectivo.

Existencias
Conjunto de materias primas, productos en proceso de fabricación y terminados, empaques, repuestos, accesorios y materias auxiliares que sean propias y necesarias por razón de la actividad.

Fuego Directo
Medio de calefacción producido por fuego o flama que no sea precisamente el de sistemas de resistencias eléctricas contenidas en cámaras cerradas, así como por vapor, aire o agua caliente.

Instalaciones
Equipos o aditamentos fijos a los edificios, necesarios para suministrar los servicios complementarios para que sea posible su utilización. No se considera como instalación la maquinaria y equipo para la actividad industrial y comercial, o las instalaciones especiales para un fin determinado.

Maquinaria y Equipo
Máquinas, herramientas y accesorios, incluyendo muebles útiles y enseres propios y necesarios al giro del negocio.

Mercancia
Toda clase de productos terminados, propios y necesarios al giro del negocio para su venta.

Materias Primas
Toda clase de materias propias y necesarias al giro del negocio en el estado en que se adquieran para su transformación.

Mejoras y Adaptaciones
Son aquellas que se agregan a un inmueble, que no son partes esenciales y que pueden asegurarse separadamente o bien como parte del contenido.

Mobiliario y Equipo de Comercio
Muebles, útiles y enseres incluyendo aparadores, mostradores, anaqueles, estantería y equipo en general propios y necesarios al giro del negocio asegurado.

Mobiliario y Equipo de Oficina
Muebles, útiles, enseres y equipo en general propio y necesario a una oficina.

Muro Corta Fuego
Tendrá la consideración de muro corta fuego aquel que está construido de piedra, tabique, tepetate, adobe, concreto armado u otro elemento constructivo similar resistente al fuego cuando menos por dos horas.

Nivel
Espacio utilitario comprendido entre dos elementos constructivos (piso y techo), con una altura mínima de 1.50 metros.

Parapeto
Es el que está construido en piedra, tabique, block de concreto, tepetate, adobe o concreto armado u otro elemento constructivo similar sin abertura alguna y que se eleve, como mínimo 90 cms. Por encima del techo más alto.

Producto Químico
Es aquella sustancia en cualquier estado (sólido, líquido o gaseoso), resultado de una mezcla o reacción de otros productos.

Productos en Proceso de Elaboración
Toda clase de materia prima que haya sufrido alguna transformación voluntaria dentro de la empresa para obtener el producto terminado, pero sin llegar a serlo.

Productos Terminados
Toda clase de productos elaborados por la empresa, tales como deben quedar para ser empacados, embarcados, vendidos o entregados.

Puerta contra Incendio
Puerta que cumple con el reglamento respectivo y cuyo objetivo es evitar la comunicación de dos riesgos protegiendo el paso del fuego.

Punto de Inflamación
Es la mínima temperatura a la que una sustancia puede emitir suficiente cantidad de vapor para producir una mezcla susceptible de inflamarse en presencia de un foco de ignición.

Resistencia al Fuego
Características de un elemento de construcción, componente, equipo o estructura, de conservar durante un mínimo de dos horas de estabilidad, al aislamiento térmico requerido y la no emisión de gases inflamables.

Sustancias Inflamables y Explosivas
Todas aquellas substancias en estado sólido líquido o gaseoso, con punto de inflamabilidad menor de 93 grados centígrados (200 grados F), tales como:
– Aceites, (vegetales minerales y animales), excepción de aceites y lubricantes en botes o tambores cerrados.
– Acido crómico cristalizado, cromatos y análogos.
– Acido pícrico y picratos.
– Acido salicílico cristalizado.
– Ácidos fuertes (sulfúrico, clorhídrico y nítrico).
– Azufre.
– Barnices, lacas, y pinturas preparadas con disolventes orgánicos (excluyendo los que estén empacados en receptáculos de metal cerrados herméticamente).
– Bebidas alcohólicas con graduación mayor de 22 grados Gay Lussac (con excepción de las embotelladas).
– Brea.
– Cal viva.
– Carbón en polvo.
– Carburo de calcio.
– Celuloide y otras substancias análogas.
– Cerillos y fósforos.
– Cianuros.
– Cloratos, cloritos, percloratos y percloritos.
– Colorantes y pigmentos excepto los envasados en receptáculos de metal cerrado herméticamente).
– Desperdicios compuestos por substancias carbonosas (papel, madera, textiles, etc.).
– Explosivos en general (incluyendo cartuchos o parque, cápsulas de percusión, cohetes y juegos artificiales).
– Fibras vegetales y sintéticas.
– Fósforo rojo, blanco y amarillo.
– Gases envasados a presión.
– Hidróxido de sodio y potasio en estado sólido o en solución con una concentración de 50 a 70% (de 48-55 grados Be.).
– Litio metálico.
– Magnesio metálico.
– Mecha para minas.
– Negro de humo (mineral, vegetal o animal).
– Nitratos y nitritos
– Pasturas secas.
– Pentasulfuro de antimonio.
– Permanganatos.
– Peróxidos.
– Polvo de aluminio y magnesio.
– Polvos de materiales orgánicos.
– Potasio metálico.
– Sesquisulfuro de fósforo.
– Sulfuro de antimonio.
– Sulfuro de hidrógeno.
– Tintes preparados con disolventes orgánicos (excluyendo las que están envasadas en receptáculos de metal cerrados herméticamente)

Sotechado
Se entiende por sotechado, toda construcción que carezca de muros en dos o más de sus lados.

Suma Asegurada
La cantidad fijada por el asegurado en cada uno de los incisos de póliza que constituye el límite máximo de responsabilidad de la compañía de seguros en caso de siniestro, salvo pacto en contrario, corresponderá al valor real de los objetos asegurados en el momento anterior a la ocurrencia del mismo.

Tienda o Expedido
Local donde se venden artículos al público.

Transmisiones
Se entiende por transmisiones todo aquel mecanismo que comunica al movimiento del objeto mismo a otro por medio de bandas, cadenas y flechas, asimilándose a estas definiciones las tuberías conductoras de combustibles, electricidad, aire, agua y vapor.

Valor Real
a) En Edificios: La cantidad que sería necesaria erogar para reconstruir o reponer el bien dañado o destruido, deduciendo la depreciación física por uso.
b) En maquinaria, equipo, mobiliario y utensilios: La cantidad que sería necesaria erogar para reparar o reponer el bien dañado o destruido por otro de igual clase, calidad, tamaño o capacidad de producción, deduciendo la depreciación física por uso.
c) En mercancías e Inventarios: El precio corriente en plaza para el Asegurado.

Valor de Reposición
a) En Edificios: la cantidad que sería necesaria erogar para reparar o reponer el bien dañado, sin considerar reducción alguna por depreciación física por uso.
b) En maquinaria, equipo, mobiliario y utensilios: La cantidad que sería necesaria erogar para reparar o reponer el bien dañado, por otro de igual clase, calidad, tamaño o capacidad de producción, sin considerar reducción alguna por depreciación física por uso.
c) En mercancías inventarios: El precio corriente en plaza para el Asegurado.

Las definiciones antes citadas se establecen en forma enunciativa y no limitativa.

ACERCA DE

 

CATALOGO CODIGOS POSTALES&ZONAS SISMICAS DE MEXICO

Este Seguro cubre los daños materiales causados directamente a bienes por Terremoto y/o Erupción Volcánica

Zonificación

Para efectos de la tarifa de referencia de la AMIS, la República Mexicana (salvo el Distrito Federal y el Puerto de Acapulco de Juárez, Guerrero) queda dividida como se muestra en el siguiente plano, elaborado por el SSN-IGUNAM.

El Distrito Federal queda dividido en 5 zonas que se denominan E, F, G, H1 y H2, las cuales se delimitan de acuerdo con el plano, elaborado por ERN

Asimismo, se conserva la zona B1 correspondiente a los municipios colindantes al Distrito Federal tal y como se muestra en el siguiente plano:

Por lo que corresponde al Puerto de Acapulco de Juárez, Guerrero, éste queda dividido en dos zonas que se denominan I y J, las cuales se delimitan según el siguiente plano:

Para facilitar la búsqueda de las Zonas sísmicas a nivel código postal, se anexa un archivo con la relación de los códigos postales y zonas sísmica. Descarga aquí.

RECOMENDACIONES

 

  • Se deben conocer las condiciones de seguridad que ofrecen los inmuebles donde desarrollamos nuestras actividades
  • Infórmese si el lugar donde realiza sus actividades se encuentra en una zona de actividad sísmica
  • Platique con sus compañeros de trabajo, empleados y familia sobre los terremotos, desarrolle un plan de acción en el que se analicen rutas de evacuación y tiempos de recorrido desde cualquier parte del edificio hasta el lugar más seguro.
  • Tenga a la mano los documentos de la oficina y/o la casa incluyendo un juego de llaves.
  • En la medida de lo posible, mantenga una provisión de agua y alimentos (latería) para tres días, una linterna eléctrica, radio, baterías y un botiquín completo.
DEFINICIONES

 

Nota importante: En esta página encontrará información que le ayudará a aclarar algunas definiciones de seguros, sin embargo, en ningún momento sustituye al contenido del Contrato de Seguro. Dicho contrato contiene cláusulas y condiciones específicas, que es conveniente entender, para conocer a detalle los alcances, limitaciones, derechos y obligaciones del Plan de Seguro que se contrate.CimientosAquellas partes del edificio que se encuentran completamente bajo el nivel de la parte más baja del edificio al que se tiene acceso. Estos cimientos pueden estar hechos de mampostería, de concreto armado, de pilas o pilotes de madera, acero o concreto que transmiten el peso del edificio al subsuelo.

Es aquel que se encuentra totalmente listo para su ocupación, es decir, que cuenta con todas sus ventanas y vidrios instalados, pisos terminados, puertas colocadas, muros enyesados, aunque no necesariamente pintados, pues en ocasiones los inquilinos hacen la terminación de los mismos.

Fachadas
Son los muros que dan al exterior ya sea la calle, un patio, un pozo de luz o una terraza. Los muros linderos que no tienen ventanas ni claros no se consideran como fachadas.

Gran Riesgo
Se sigue la misma definición utilizada en Incendio; Se entenderán como Grandes Riesgos, a la ubicación, o ubicaciones pertenecientes a una empresa, o a un grupo de empresas legalmente constituidas bajo una sola razón social y, por tanto, con un interés económico asegurable común, siempre y cuando:

a) La suma asegurada del conjunto de ubicaciones sea mayor o igual Dls. 100 millones, independientemente de la suma asegurada de cada una de ellas; o
b) La suma asegurada de al menos una de las ubicaciones sea mayor o igual a Dls 50 millones, sin importar la suma asegurada del conjunto de ubicaciones.

Por tanto, no es aplicable el tratamiento de Grandes Riesgos cámaras, asociaciones, uniones, clubes o cualquier otro Organismo similar.

Muros de Contención
Los muros de contención son aquellos que sirven para confinar o retener el terreno sobre el que no se ha construido; así como los muros de contención que se encuentren bajo el nivel del piso accesible más bajo, por considerarse cimentaciones.

Muros de Contención Independientes
Son aquellos construidos fuera del edificio, que no reciben carga alguna del propio edificio y que no están ligados a la estructura del edificio del que se trate.

Número de Pisos
Para efectos de la clasificación de la tarifa de referencia de la AMIS, el número de pisos de un edificio se contará a partir e incluyendo la planta baja. No cuentan como piso los sótanos.

Las definiciones antes citadas se establecen en forma enunciativa y no limitativa

ACERCA DE

 

Este Seguro cubre los daños físicos directos ocasionados por los siguientes fenómenos hidro-meteorológicos.

a) Avalanchas de lodo
Deslizamiento de lodo provocado por inundaciones o lluvias.

b) Granizo
Precipitación helada que cae con fuerza en forma de granos de hielo. Bajo este concepto además se cubrirán los daños causados por la obstrucción en las bajadas de aguas pluviales.

c) Helada
Fenómeno climático consistente en el descenso inesperado de la temperatura ambiente a niveles inferiores al punto de congelación del agua en el lugar de ocurrencia.

d) Huracán
Flujo de agua y aire de gran magnitud, moviéndose en trayectoria circular alrededor de un centro de baja presión, sobre la superficie marina o terrestre con velocidad periférica de vientos igual o mayor a 118 kilómetros por hora, que haya sido identificado como tal por los organismos oficialmente autorizados para ese propósito.

e) Inundación
El cubrimiento temporal accidental del suelo por agua, a consecuencia de desviación, desbordamiento o rotura de los muros de contención de ríos, canales, lagos, presas, estanques y demás depósitos o corrientes de agua a cielo abierto, naturales o artificiales.

f) Inundación por lluvia
El cubrimiento temporal accidental del suelo por agua de lluvia a consecuencia de la inusual y rápida acumulación o desplazamiento de agua originados por lluvias extraordinarias que cumplan con cualquiera de los siguientes hechos:
– Que las lluvias alcancen por lo menos el 85% del promedio ponderado de los máximos históricos de la zona de ocurrencia en los últimos diez años, de acuerdo con el procedimiento publicado por AMIS, medido en la estación meteorológica más cercana, certificada ésta por el Servicio Meteorológico Nacional de la Comisión Nacional del Agua, o
– Que la inundación que dañó los bienes asegurados haya cubierto por lo menos una hectárea.

g) Marejada
Alteración del mar que se manifiesta con una sobre elevación de su nivel debida a una perturbación meteorológica que combina una disminución de la presión atmosférica y una fuerza cortante sobre la superficie del mar producida por los vientos.

h) Golpe de mar
Agitación violenta de las aguas del mar a consecuencia de una sacudida del fondo, que se propaga hasta las costas dando lugar a inundaciones.

i) Nevada
Precipitación de cristales de hielo en forma de copos.

j) Vientos tempestuosos
Vientos que alcanzan por lo menos la categoría de depresión tropical según la escala de Beaufort o superiores a 50 kilómetros por hora
La cobertura aplicable será aquella que origine en forma inmediata los daños directos a los bienes asegurados, independientemente del fenómeno meteorológico que los origine.

RECOMENDACIONES

 

Antes de un Huracán o una InundaciónEsté preparado con: lámparas de mano, navaja, cuerdas, espejos, pinzas y desarmador, así como una radio y suficientes baterías (pilas).

Cerrar las protecciones contra huracán o instalar tablas de madera o triplay de cuando menos ½ pulgada en todas las ventanas.

Costales de arena, tierra o aserrín de 15 X 30 cms. para aminorar filtraciones por debajo de las puertas.

Provisión de alimentos, (agua para beber, enlatados, chocolates, dulces, galletas, etc.) y un botiquín de primeros auxilios incluyendo medicamentos contra infecciones por agua o alimentos contaminados.

Ropa apropiada, botas de hule, impermeables, abrigos o suéteres y cobertores.

Durante un Huracán o una Inundación (en casa)
Coloque firmemente los costales de arena en rendijas de puertas y ventanas, si no tiene costales, utilice pedazos de alfombra, cortinas, manteles, etc.

Si en el paso del huracán repentinamente hay calma relativa, no se confíe. Puede ser que esté transitando el ojo del Huracán. Verifique en las noticias locales el estatus del Huracán y siga las instrucciones que dé Protección Civil.

Recoja alfombras, muebles, utensilios, herramientas eléctricas y objetos valiosos que puedan sufrir daños y colóquelos en la planta alta, envueltos en bolsas de plástico perfectamente cerradas.

Después de una Inundación
Manténgase unido con las demás personas y en calma, hasta la llegada del personal de auxilio.

No intente utilizar la instalación eléctrica si no ha sido revisada por un experto.

Al volver a entrar a su casa u oficina utilice lámparas de mano y no cerillos.

Hierva o aplique cloro al agua para beber y destruya todos los alimentos afectados por la inundación.

DEFINICIONES

 

Nota importante: En esta página encontrará información que le ayudará a aclarar algunas definiciones de seguros, sin embargo, en ningún momento sustituye al contenido del Contrato de Seguro. Dicho contrato contiene cláusulas y condiciones específicas, que es conveniente entender, para conocer a detalle los alcances, limitaciones, derechos y obligaciones del Plan de Seguro que se contrate.BAJADA DE AGUA PLUVIAL
Conducto instalado desde la cubierta de un edificio hasta el nivel del piso para desalojar aguas pluviales.

CIMENTACIÓN
Parte de un edificio bajo el nivel del suelo o bajo el primer nivel al que se tenga acceso, hecho de mampostería, de concreto armado, acero o concreto, que transmite las cargas que soporta una estructura al subsuelo.
Fachadas
Son los muros que dan al exterior ya sea la calle, un patio, un pozo de luz o una terraza. Los muros linderos que no tienen ventanas ni claros no se consideran como fachadas.

DEPÓSITOS O CORRIENTES ARTIFICIALES DE AGUA
Vasos, presas, represas, embalses, pozos, lagos artificiales, canales de ríos y vertederos a cielo abierto.

DEPÓSITOS O CORRIENTES NATURALES DE AGUA
Los que provienen de afluentes, ríos, manantiales, riachuelos o arroyos, aguas contenidas en lagos o lagunas.

DEPRESIÓN TOPOGRÁFICA
Zona del relieve situada a un nivel inferior que la superficie vecina.

EDIFICIO TERMINADO
El inmueble listo para su ocupación, que cuenta con todas sus ventanas y vidrios instalados, pisos terminados, puertas colocadas y muros.

FALTA O INSUFICIENCIA DE DRENAJE EN LOS INMUEBLES DEL ASEGURADO
Falta o insuficiencia de capacidad de los sistemas de drenaje y de desagüe pluvial propios de la instalación hidrosanitaria del inmueble asegurado para desalojar los residuos generados en el uso del inmueble o la captación pluvial del mismo y que provoca un saturamiento de dichos sistemas, teniendo como consecuencia su desbordamiento.

MUROS Y TECHOS MACIZOS
Los construidos de piedra, tabique, block de concreto, concreto armado, pudiendo existir secciones de vidrio, block o cualquier material igualmente resistente.

MUROS DE CONTENCIÓN
Los que confinan y retienen el terreno pudiendo encontrarse bajo el nivel del piso accesible más bajo, trabajando también como cimentaciones y pueden ser independientes, encontrándose fuera de un edificio sin recibir ninguna carga y no estar ligados a la estructura de un edificio.

Las definiciones antes citadas se establecen en forma enunciativa y no limitativa.

Este seguro abarca el transporte terrestre, aéreo, marítimo o combinaciones de éstos y las coberturas que se pueden amparar por el seguro de Transporte de Carga son:

Terrestres
Las pérdidas o daños materiales causados a los bienes directamente ocasionados por incendio, rayo y explosión; así como por descarrilamiento de carro de ferrocarril, colisión o volcadura del vehículo de transporte empleado, incluyendo rotura de puentes desplome o hundimiento de éstos al paso del vehículo transportador de los bienes asegurados, caída de cualquier objeto sobre éstos, varadura o colisión de embarcaciones cuyo empleo sea indispensable para complementar el tránsito terrestre.

Aéreos
Las pérdidas o daños materiales causados a los bienes directamente ocasionados por incendio, rayo y explosión; así como por caída, desplome o colisión de la aeronave, o la caída de cualquier objeto sobre ésta.

Marítimos
Las pérdidas o daños materiales causados a los bienes directamente por incendio, rayo, explosión, varadura, encalladura, hundimiento, abordaje o colisión del barco; La pérdida de bultos por entero caídos al mar durante las maniobras de carga, transbordo o descarga; La pérdida por echazón de los bienes asegurados, cuando éstos son arrojados intencionalmente al mar por órdenes del capitán de la embarcación, siempre y cuando quede asentado en el cuaderno de bitácora como resultado de un acto de avería gruesa; La pérdida por barredura sólo en el caso de embarcaciones porta-contenedores en los que los bienes asegurados se encuentren en contenedores cerrados, de caja metálica, estibados sobre cubierta y que sean barridos por las olas; La contribución que resultare al embarque asegurado por avería gruesa o general o por cargos de salvamento que deban pagarse según las disposiciones de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, del Código de Comercio Mexicano, o conforme a las reglas de York-Amberes vigentes, o las leyes extranjeras aplicables, de acuerdo con lo que estipule el conocimiento de embarque, la carta de porte o el contrato de fletamento; y

Este seguro se extiende a amparar los bienes, mientras sean transportados hasta o desde el buque principal en embarcaciones auxiliares y se consideran asegurados separadamente, mientras se encuentran a bordo de éstas. El asegurado no se perjudicará por cualquier convenio que exima de responsabilidad al porteador de las embarcaciones auxiliares.

Las coberturas amparadas por el seguro de Transporte de Carga son:

 

Terrestre
Incendio, Rayo y Explosión
Descarrilamiento
Colisión o Volcadura
Caída de Objetos
Varadura o Colisión
Aérea
Incendio, Rayo y Explosión
Caída, Desplome o Colisión
Caída de Objetos
Marítima
Incendio, Rayo y Explosión
Encalladura, Hundimiento, Abordaje o Colisión
Pérdida de Bultos
Echazón
Barredura

Estos seguros abarcan las pólizas de:

  • Equipo electrónico
  • Rotura de maquinária
  • Seguro de calderas y recipientes sujetos a presión
  • Equipo de contratista y maquinaria pesada móvil
  • Seguro de montaje
  • Seguro de obra civil (todo riesgo para contratistas)
  • Seguro de obras civiles terminadas

Estos seguros abarcan las pólizas de:

  • Anuncios
  • Cristales
  • Robo de mercancías
  • Robo de dinero y valores
  • Robo de objetos personales
  • Robo en casa habitación
  • Interrupción Fílmica
  • Seguros especializados

Estos seguros abarcan las pólizas de:

  • Responsabilidad Civil General
  • Responsabilidad Civil Profesional
  • Responsabilidad Civil Familiar
  • Responsabilidad Civil del Viajero